EL CIELO Y EL INFIERNO o La Justicia Divina según el Espiritismo

Allan Kardec

Volver al menú
5. Hay dos partes distintas en la ley de Moisés: la ley de Dios propiamente dicha, promulgada sobre el monte Sinaí, y la civil o disciplinaria, apropiada a las costumbres y al carácter del pueblo. La una es invariable, la otra se modifica según los tiempos, y no puede ocurrírsele a nadie que pudiésemos ser gobernados por los mismos medios que los hebreos en el desierto, así como las Capitulares de Carlomagno no podrían aplicarse a la Francia del siglo XIX. ¿Quién pensaría, por ejemplo, en aplicar hoy este artículo de la ley mosaica?: "Si un buey da una cornada a un hombre o a una mujer que muere de ella, el buey será apedreado y no se comerá de su carne. Pero el dueño del buey será juzgado inocente" (Éxodo, cap. XXI, v. 28 y ss.).


Este artículo, que nos parece tan absurdo, no tenía, sin embargo, por objeto castigar al buey y librar de responsabilidad a su dueño. Equivalía simplemente a la confiscación del animal causa del accidente, para obligar al propietario a mayor vigilancia. La pérdida del buey era el castigo del dueño, castigo que debía ser bastante apreciable en un pueblo pastor para que fuese necesario imponerle otro. Pero no debía aprovechar a nadie. Por esto se prohibía comer su carne. Otros artículos expresan el caso en que el dueño es responsable.


Todo tenía su razón de ser en la legislación de Moisés, porque todo estaba previsto en ella, hasta los menores detalles. Pero la forma, así como el fondo, estaba en armonía con las circunstancias de la época. Ciertamente si Moisés volviese hoy a dar un código a una nación civilizada, no le daría el de los hebreos.