Viaje Espírita en 1862

Allan Kardec

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Propuesto por la Sociedad Parisiense de Estudios Espíritas con miras a mantener la unidad de principios y de acción

Los abajo firmantes, habiendo resuelto constituir un grupo o sociedad espírita en la ciudad de... , bajo el epígrafe de grupo o sociedad espírita..., acordaron las disposiciones que seguidamente se detallan, las que deberán ser aceptadas, como condición previa, por toda persona une de ella quisiera formar parte.

1. El objetivo de la sociedad es el estudio de la Doctrina Espírita, principalmente en lo que se refiere a su aplicación moral y al conocimiento del Mundo Invisible.

2. La sociedad declara adherir a los principios formulados en El Libro de los Espíritus y El Libro de los Médiums. Ella se coloca bajo la protección del Espíritu..., a quien elige como su guía y presidente espiritual, y adopta por divisa: FUERA DE LA CARIDAD NO HAY SALVACIÓN. FUERA DE LA CARIDAD NO HAY VERDADERO ESPIRITA.

3. a) El número de miembros titulares de la sociedad se fija en... (o es ilimitado).

b) Para ser admitido como miembro de la sociedad, el candidato necesitará haber dado pruebas suficientes de conocimiento del Espiritismo y de su simpatía para con sus principios.

c) La sociedad determinará la naturaleza y el grado de las pruebas y las garantías une sean ofrecidas, así como la forma de presentación y admisión.

d) Toda persona que reúna las condiciones exigidas podrá ser admitida sin distinción de culto o nacionalidad.

e) La sociedad podrá excluir a quien se convirtiere en elemento de perturbación en el seno de las reuniones, cualquiera fuese la causa, ocasionando pérdida de tiempo en discusiones inútiles.

f) Se llevará un fichero con los datos personales de todos los miembros, su domicilio, profesión y fecha de admisión.

4. Todos los miembros se deberán recíproca benevolencia y cortesía, y en toda circunstancia colocarán el interés general por encima de las cuestiones de carácter personal o de amor propio y procederán, unos para con los otros, según los principios de la caridad.

5. a) Cuando el grupo sea considerado muy numeroso o las circunstancias lo aconsejen, el mismo podrá fraccionarse en otros menores, conforme a las necesidades locales.

b) Los diversos grupos o sociedades de una misma ciudad, constituidos espontáneamente o nacidos de un núcleo común, a la vez que guiándose por los mismos principios y trabajando con un mismo fin, deberán mantener y consolidar mutuamente los lazos de simpatía y fraternidad y, por consecuencia, evitar todo motivo de desinteligencia.

NOTA: En caso de disidencia, aquel que considerara estar con la razón deberá demostrarlo con un espíritu de mayor caridad y benevolencia. El sector equivocado será, evidentemente, aquel que denigrare al otro arrojándole piedras.

6. a) La sociedad se reunirá los días... a las... horas. Será presidida por quien fuese designado y por el tiempo que se establezca.

b) Las sesiones de los días ... serán reservadas exclusivamente para los miembros de la sociedad, salvo alguna excepción especial.

c) En las demás sesiones podrán ser admitidos asistentes extraños, si eso se considerase oportuno. La admisión de visitantes estará subordinada a las condiciones que la sociedad fije expresamente. No obstante, ella rechazará en forma absoluta a cualquier persona que haya sido atraída por simple curiosidad y no tuviere ninguna noción previa de la Doctrina Espírita.

7. Los visitantes o asistentes extraños deberán ser presentados por uno de los miembros del grupo, el que se responsabilizará de ellos. Toda persona desconocida que se negara a identificarse, le será negada la entrada. Las sesiones nunca deberán ser públicas. Esto significa que en ningún caso las puertas estarán abiertas para todo el que se allegue.

8. Considerando que el Espiritismo persigue la unión fraterna de todas las sectas bajo la bandera de la verdad, y que la sociedad admitirá miembros o visitantes sin distinción de creencia, quedan terminantemente prohibidas en las reuniones la exteriorización de plegarias o todo tipo de práctica litúrgica que corresponda a un determinado culto, pudiendo hacer cada uno, en su íntimo, lo que su conciencia le pueda prescribir.

NOTA: Todo en las sesiones debe ser hecho religiosamente, pero nada deberá tener una característica propia de las reuniones de las sectas religiosas.

9. Durante el desarrollo de las sesiones el orden de los trabajos se cumplirá de la manera como a continuación se detalla, salvo las excepciones que aconsejen las circunstancias.

10. Todas las comunicaciones que se reciban en la sociedad serán de su propiedad, y de ellas podrá disponer. Serán transcriptas y conservadas a efectos de su consulta, conforme a las necesidades. Los médiums, a través de los cuales ellas fueran recibidas, podrán guardar de las mismas una copia. Se organizará una colección de las comunicaciones más instructivas, cuidadosamente copiadas en un libro especial para tal fin, la que constituirá una especie de guía o agenda moral de la sociedad, cuya lectura se realizará periódicamente.

11. El presidente deberá evitar la lectura de toda comunicación que tratare temas de los que la sociedad no se ocupa

12. a) El silencio y el recogimiento más riguroso deberán ser observados durante las sesiones. Quedan prohibidas las discusiones fútiles y de interés personal, así como las que busquen satisfacer la curiosidad y sean hechas con la intención de someter a los Espíritus a una prueba, como también aquellas que no tengan una finalidad instructiva.

b) Quedan igualmente prohibidas las discusiones que desbordaran los objetivos de la sociedad, así como la presentación de cuestiones extrañas a su finalidad.

c) Las personas que desearen hacer uso de la palabra deberán solicitar la autorización previa al presidente.

13. La sociedad, si lo considerara provechoso, podrá dedicar sesiones especiales destinadas a la instrucción de personas novicias en Espiritismo, ya sea a través de explicaciones verbales o bien por la lectura metódica y regular de una secuencia de obras. Solamente en ellas se admitirán a personas animadas de un deseo serio de instruirse, para lo cual deberán solicitar su inscripción. A esas sesiones, aun en mayor medida que las otras, no tendrán libre acceso ni los desconocidos ni el primero que quisiera entrar.

14. Toda publicación concerniente al Espiritismo que edite la sociedad deberá ser examinada con el mayor cuidado, a los fines de eliminar de ella todo cuanto pueda ser inconveniente y producir un mal resultado. Los miembros se comprometerán a nada publicar sobre materia doctrinaria sin la aprobación del núcleo.

15. La sociedad invita a todos los médiums que quieran brindarle su concurso a no molestarse con las observaciones o críticas que, eventualmente, pudieran hacerse con relación a las comunicaciones por ellos obtenidas. Ella prefiere prescindir de la colaboración de quienes aceptaran la infalibilidad y la identidad absoluta de los Espíritus que por ellos se manifestaren.

16. Los gastos que hubiere en la sociedad serán cubiertos por una cotización cuya cifra será establecida por ella misma, así como la forma de hacerse los pagos. En tal caso la sociedad designará un tesorero. 84 Queda expresamente establecido que esa cotización correrá por cuenta exclusiva de los miembros propiamente dichos de la sociedad y que, en ningún caso y bajo ningún pretexto, será exigida o solicitada en carácter de retribución a los invitados o visitantes accidentales, ni aun como derecho de entrada.

17. La sociedad podrá contar con una caja de beneficencia o de socorro, para lo cual se valdrá de cotizaciones o de suscripciones recogidas de quien deseare contribuir, sea o no miembro inscripto. El empleo de los fondos de esa caja será controlado por una comisión que de ello rendirá cuentas a la sociedad.

18. Todo miembro que revelare un estado permanente de perturbación y tendiere a sembrar la desunión entre los miembros de la sociedad, así como aquel que notoriamente la desmerezca, y cuya conducta o reputación pudiera perjudicar la consideración que la sociedad debe gozar, podrá ser oficiosamente invitado a elevar su dimisión. En caso de su negativa a ello, la sociedad se podrá pronunciar por medio de un voto oficial.